1. Un Poco de Historia
En el año 2001, fue publicado un libro de mi autoría, que contiene un breve estudio (preliminar) de a Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento (LOPSAPS). Allí se expone de manera sencilla parte de la historia sobre la trasformación institucional del Sector, con especial referencia a la gobernanza y administración de los acueductos que atendían (y atienden) más del 70% de la población. En la introducción del estudio, se lleva al lector a ubicarse de manera expedita en el pasado ya no tan reciente, para conocer el primer paso que dió el gobierno para solventar la crisis institucional del antiguo ente prestador de los servicios, Instituto de Obras Sanitarias (INOS). (1943-1990). En 1985, atendiéndose a una política de desconcentración de la gestión pública del Estado, se inició la transferencia de la prestación de los servicios a entes desconcentrados y con autonomía administrativa para el sur del país y parte del Nor Oriente. (CVG-GOSH) La condición de constructor de obras del INOS más que de prestador de los servicios, así como la atencion a los compromisos políticos, la falta de pago por parte de los municipios (concedentes), entre otras razones, afectaron el equilibrio en la gestión de los servicios, creándose entonces una crisis institucional, política y financiera que obligó al gobierno a tomar acciones, ordenando su reestructuración en 1989 y posterior supresión (1993). La consiguiente reestructuración del INOS (1990) permitió el tránsito entre un modelo de gestión centralizado, con financiamiento a través del presupuesto nacional, a un modelo de gestión desconcentrado y de administración descentralizada que además se concibió como transitorio. Así nacen la empresa C.A Hidrológica Venezolana (HIDROVEN) y sus empresas filiales. Este modelo transitorio (donde el Poder Nacional aún sigue siendo prestador de los servicios, pero también regulador y rector) debía transitar hacia un modelo totalmente descentralizado. Se da inicio al proceso de transferencia de los servicios a los Municipios. Para ello, los municipios de distintos estados crearon empresas en asociación con las gobernaciones para asumir la prestación de los servicios de manera exclusiva. HIDROLARA (1995) AGUAS DE PORTUGUESA, C.A, AGUAS DE YARACUY, C.A, y AGUAS DE MERIDA, C.A., (1998) entre otras. La reestructuración parecía tener éxito, y los servicios de agua potable y de saneamiento comenzaron a mejorar, siempre tutelados por el Poder Nacional y apalancados con financiamiento tanto de la banca multilateral como bilateral. Desde 1994 hasta el 2001, fecha en que se publicó la LOPSAPS, la profesionalización, la poca injerencia política en la gestión de los acueductos y la modernización del sector permitieron definir con mayor precisión los principios y las políticas del modelo de prestación de los servicios presentado en la Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua potable y de Saneamiento (aprobada en 2001, modificada en 2007 G.O. No. 38.763). Pero el objeto de la LOPSAPS se fue desdibujando, no se cumplió a cabalidad y las empresas Hidrológicas se convirtieron en todos los ámbitos de su gestión (comercial, técnico-operativa, gobernanza) en uno de los brazos ejecutores de las acciones del partido de gobierno desviando su misión de forma grave. 2. Marco regulatorio vigente. El contenido de la LOPSAPS sigue vigente, la separación de las funciones de regulación de las de prestación sigue siendo necesaria, y en el sector pueden participar los privados, no solo como cooperativas sino como concesionarios. Todo ello esta regulado en la Ley. Por tanto, cualquier cambio que se pretenda hacer en el sector está perfectamente permitido desde el punto de vista legal y en consecuencia, el tiempo y desgaste en la revisión de normas y leyes no será necesario, al menos en lo que a materia de rango legal se refiere. Quizás el diagnostico pueda arrojar que existen normas de rango sublegal que contradicen el objeto de la ley, pero eso no sería un problema mayor. Art.1 La presente Ley tiene por objeto regular la prestación de los servicios públicos de agua potable y de saneamiento, establecer el régimen de fiscalización, control y evaluación de tales servicios y promover su desarrollo, en beneficio general de los ciudadanos, de la salud pública, la preservación de los recursos hídricos y la protección del ambiente, en concordancia con la política sanitaria y ambiental que en esta materia dicte el Poder Ejecutivo Nacional y con los planes de desarrollo económico y social de la Nación. 3. La Gobernanza y administración de las empresas. El abandono de la infraestructura de los acueductos es grave, es público y notorio. Pero también lo son las graves limitaciones y problemas de gestión de las empresas. Es pertinente considerar dentro de cualquier planteamiento de recuperación del sector, la mejora de la gobernanza y la gestión administrativa de las empresas. Seguramente el diagnóstico que se realice arrojará la necesidad imperiosa de hacer cuantiosas inversiones en rehabilitación de infraestructura, en adquisición de equipos e incluso en la construcción de nuevas obras, pero también el diagnostico debe incluir el análisis de los gobiernos corporativos, si estos son de calidad, con estructuras organizacionales diseñadas para el cumplimento de la estrategia y objetivos prioritarios de la empresa , y si el área de planificación es un soporte para ejecutar las estrategias de gestión para cumplir las metas. De lo contrario, cualquier proyecto será insostenible o en el peor de los casos, inviable. En los procesos de transformación se requieren recursos financieros para fortalecer la capacidad empresarial. |
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